Por: Juan José Margos García

En los últimos años se ha discutido mucho acerca de la posibilidad de vincular al sector  empresarial  como sujetos de Derecho Internacional Público y así otorgarle deberes para el  efectivo cumplimiento de los Derechos Humanos. El tema es de reciente aparición sin embargo, se han logrado varios avances, por ejemplo al adoptar los Principios Rectores sobre empresas y Derechos Humanos del año 2011.

El Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas dio un paso importante al crear la primera plataforma global sobre responsabilidad empresarial, lo que indudablemente supondrá un punto de discusión por parte de la comunidad Internacional; con el objetivo de elaborar un instrumento internacional que sea jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Cabe resaltar que los Principios Rectores sobre empresas y Derechos Humanos a pesar de ser un  instrumento Internacional, es un estándar voluntario no obligatorio, no obstante el mismo marco un gran avance pues codificó por primera vez el tema de Responsabilidad Empresarial  desde la perspectiva de Los Derechos Humanos. Mismo tema que en la actualidad es discutido tanto en​ ​los​ ​Organismos​ ​de​ ​los​ ​diferentes​ ​Sistemas​ ​regionales​ ​como​ ​Universales. Después de la aparición de los Principios Rectores sobre empresas y Derechos Humanos, la comunidad Internacional ha vinculado al sector empresarial en sus instrumentos, así por ejemplo, en los acuerdos de París sobre Cambio Climático, se tomó en cuenta las acciones que pueden efectuar los diferentes órganos dentro del ámbito nacional, e incluyó a los ámbitos público​ ​y​ ​privado.

Así mismo, la Corte Interamericana en su opinión Consultiva número 23, solicitada por el  Gobierno de Colombia analizará temas relacionados a empresas transnacionales, y  extraterritorialidad de los Derechos Humanos e impacto al medio ambiente; cabe resaltar que dicha opinión consultiva se enmarca dentro de una consulta realizada a tenor del proyecto de crear un canal Interoceánico en Nicaragua, y a pesar que en ese caso la Corte IDH se manifestará en abstracto. Esto tendrá la oportunidad de analizar el tema y dictar una resolución  que será una importante doctrina para el Sistema Interamericano de Protección a los Derechos          Humanos.

A pesar de los diferentes avances que existen del tema, actualmente crear un instrumento que sea justiciable supone un enorme reto para la comunidad Internacional, principalmente por la negativa de países desarrollados quienes son los principales financistas de los Organismos Internacionales y que aún tienen la concepción que este tipo de convenios impactarán de manera directa en el desarrollo del país. Otra dificultad que se ve reflejada en las diferentes discusiones que se han realizado es la falta de consenso por parte de los diferentes Estados en relación a qué empresas se deben incluir en el convenio, pues existen países que indican que el mismo sea aplicable a todas ellas y otros países indican que solo a las llamadas  transnacionales, generando un problema pues el término “empresa transnacional” es uno hasta ahora desconocido por el Derecho Internacional Público y  que en otros ámbitos  el​ ​derecho​ ​tiene​ ​diferentes​ ​definiciones.

En conclusión no cabe duda que el Tema de Derechos Humanos y Empresas es un tema de actualidad que generará debates en la comunidad Internacional y el resultado de estos tendrán un impacto directo en los diferentes Estados. De esta forma, es uno  de​ ​los​ ​temas​ ​del​ ​futuro​ ​en​ ​materia​ ​de​ ​Derechos​ ​Humanos.

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